Elecciones 2023: Información de la Junta Electoral INSTITUTOS UACO
De acuerdo a la Resolución N°002/2023 SOBRE LA OFICIALIZACIÓN DE LOS PADRONES ELECTORALES DE INSTITUTOS LA JUNTA ELECTORAL INFORMA Y BRINDA CONSIDERACIONES PARA LA POSTULACIÓN DE CANDIDATOS/AS
Según el período electoral, se recepcionará la documentación entre los días 31 de agosto y el 6 de septiembre, en las instalaciones de Acceso, Permanencia y Bienestar Universitario, edificio 1 planta baja de la Unidad Académica Caleta Olivia, en los siguientes horarios:
Jueves 31/8: De 15 a 16hs
Viernes 1/9: De 13 a 14hs
Lunes 4/9: De 9 a 11hs y de 14 a 16hs.
Martes 5/9: De 10:30 a 12hs y de 14 a 16hs
Miércoles 6/9: De 9 a 11hs y de 14 a 17hs.
CONDICIONES:
Presentar en original y copia:
- Nota del apoderado presentando la lista.
- Nota del apoderado aceptando su cargo con domicilio en la ciudad de Caleta Olivia.
- Nota donde los candidatos aceptan al apoderado de la lista.
- Nota de cada candidato aceptando su postulación.
- Fotocopia certificada del Documento Nacional de Identidad de cada uno, junto a las certificaciones que acrediten que los candidatos cumplen con las condiciones exigidas por el Estatuto y la legislación vigente para postularse como tales.
Aclaración:
- Toda la documentación debe presentarse en tamaño A4.
- Las firmas de los candidatos y la documentación probatoria deberá estar certificada.
- Todas las firmas deben ser originales, no tendrá validez la aceptación de candidaturas si su certificación no cumple las formas legales.
- Podrán certificar: el Decano/a, el Vice Decano/a, los Directores/as de Departamento, los/as Secretarios/as de las Unidades Académicas y el Rector/a, el Vicerrector/a, o Secretarios de Rectorado. Podrán certificar además, el Juez de Paz, Escribano Público o funcionario de la Embajada correspondiente.
Para el caso de candidato/a a director/a, tiene que cumplir las siguientes condiciones:
De los candidatos a director/a
ARTÍCULO 58.- Los candidatos a Director deberán ser electores y tener cumplidas las condiciones, según lo establecido en la
Ordenanza Nº 201-CS-UNPA, para el cargo que se postulan cinco (5) días antes de la fecha establecida como fecha de inicio
del cómputo de los plazos.
a) Ser Miembro Pleno del Instituto.
b) Poseer una Categoría Docente de Profesor Adjunto, Asociado o Titular.
c) Poseer Categoría 3 o superior del Programa de Incentivos o Categoría A ó B de Extensión de la UNPA (o sus
equivalentes)
d) Acreditar al menos dos (2) años de relación laboral, en la Universidad Nacional de la Patagonia Austral, previos e
inmediatos a la elección, en el caso de los docentes interinos.
e) Antecedentes en la dirección de proyectos o programas de investigación acreditados y con informe final evaluado
favorablemente.
f) Antecedentes en la dirección de proyectos o programas de Extensión, Vinculación o Transferencia acreditados y con
informe final evaluado favorablemente.
g) Al menos dos años acreditados de formación de recursos humanos en proyectos, becas, pasantías o dirección de
tesis de postgrado.
h) Al menos un año acreditado de formación de recursos humanos en la docencia.
En todos los casos en la postulación se deberá presentar el CV y un Plan de Gestión del Instituto en consonancia con lo
establecido en el Artículo 8 del presente reglamento.
Mientras que la sede de instituto posea un porcentaje menor al 30% de docentes con categoría 3 o superior del Programa de
Incentivos, entre sus miembros plenos, el requisito estipulado en el presente artículo inciso e) será: Antecedentes en la
dirección o codirección de programas o proyectos de investigación acreditados y con informe final evaluado favorablemente.
JUNTA ELECTORAL INSTITUTOS UACO