La Universidad como institución educativa es garante del derecho a la educación, especificado en el artículo 24 de la Ley N° 26.378/08 que aprueba la Convención de Derechos de las Personas con Discapacidad. Por otro lado, en la Ley N° 25.573/2002 que modifica la Ley Nº 24.521/95 de Educación Superior, se hace mención a las estrategias necesarias para garantizar el acceso y egreso de estudiantes con discapacidad. En la UNPA, con la Ordenanza N° 188/16 se aprobó el Reglamento de alumnos, en la cual se especifica en su octava parte las garantías para favorecer la accesibilidad.
Esta Comisión tiene como función asesorar en la promoción de políticas institucionales en el marco del paradigma de la inclusión y de la accesibilidad, a partir del diseño universal y ajustes razonables, en pos de alcanzar la participación plena y efectiva de todas las personas que estudien, trabajen o sean parte de la Universidad, en igualdad de condiciones (art. 2, Res. 041/16-CS-UNPA).
Algunos de los objetivos de la Comisión de Accesibilidad y Discapacidad UACO son: